sábado, 6 de abril de 2013

Módulo II Fijando conceptos básicos


ALGUNOS CONCEPTOS SOBRE LA RELACIÓN GÉNERO, TRABAJO Y EMPLEO:

Sexo: Se refiere a las diferencias biológicamente determinadas con carácter universal entre los hombres y las mujeres.

Género: Es el conjunto de características sociales, culturales, políticas, psicológicas, jurídicas y económicas asignadas a la persona en forma diferenciada de acuerdo al sexo.
El concepto de género es una construcción social, un producto de la cultura que establece qué es lo propio del varón y de la mujer y que se aprende a través del proceso de socialización.

División sexual del trabajo
: Significa la separación supuestamente "natural" de ámbitos específicos de trabajo para varones y mujeres.

         En el caso de las mujeres, la identificación entre maternidad biológica y maternidad social, opera como mecanismo de legitimación para la asignación del trabajo doméstico como pertinente a su género.

         El trabajo doméstico es clave para el funcionamiento de la sociedad, ya que resuelve todo lo relativo a la reproducción de la fuerza de trabajo: alimentación, higiene, cuidado de los niños y ancianos, atención de la salud del grupo familiar. Este trabajo por ser realizado fuera del sistema del mercado no es valorado ni remunerado, no aparece en las estadísticas de empleo y es invisible a los ojos de los analistas. En los últimos años y como logro de las luchas de las mujeres comienza a ser reconocido el valor económico que este trabajo implica.
Doble jornada: Alude al doble trabajo que realiza la mujer. El trabajo doméstico no remunerado y socialmente invisible y el trabajo remunerado que realiza fuera de la casa.

Estereotipo de género: Es la tipificación social del ideal masculino y femenino. El conjunto de características que la sociedad espera de un varón y de una mujer. Así, el estereotipo masculino normativiza como lo propio del varón la actividad y la independencia, mientras que el estereotipo femenino normativiza como más pertinente la pasividad y la dependencia.

Estereotipos laborales: Es la tipificación en el ámbito del trabajo de ciertas ocupaciones como femeninas y otras masculinas. En general los trabajos que desarrollan las mujeres están concentrados mayoritariamente en el sector de prestación de servicios: salud, educación y servicios a la comunidad.
           La socialización de las mujeres para las actividades reproductivas (educación y crianza de los niños /niñas, cuidado de los ancianos /as, preparación de los alimentos, cuidado de la salud del grupo familiar) posibilita a las mismas una mayor habilidad para las profesiones más cercanas a su rol doméstico.
          También hay concentración de mujeres en la industria textil y electrónica, en las cuales también se aprovechan ciertas habilidades femeninas adquiridas en el proceso de socialización.

Discriminación: Toda distinción, exclusión o preferencia basada en motivos como la raza, el color de la piel, el sexo, la religión, las opiniones políticas, la ascendencia nacional, el origen social u otros criterios designados, que anulen o menoscaben la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo o la ocupación.

Discriminación de facto: Esta expresión jurídica designa la existencia de una discriminación en la realidad o en la práctica. Por ejemplo cuando no se contrata sistemáticamente a mujeres para cubrir vacantes de puestos calificados de "trabajos masculinos" a pesar de que la ley exija igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo.

Discriminación de jure: Con esta expresión jurídica se designa la existencia de una discriminación en el derecho. Por ejemplo una cláusula del Código Civil que restrinja el derecho de la mujer a ser parte en un contrato o un artículo del Código de Trabajo según el cual ésta percibirá una remuneración más baja que el hombre.

Discriminación indirecta: Se trata de modos de proceder o de reglas que parecen neutrales, pero que en la práctica surten efectos discriminatorios para una determinada categoría o sexo.

Discriminación laboral de género: Se refiere a las restricciones, exclusiones y/o distinciones basadas en las relaciones de género que operan en el mundo del trabajo.
           La existencia de la discriminación laboral de las mujeres se evidencia en el menor reconocimiento salarial de las actividades mayoritariamente realizadas por ellas, menor prestigio social de las mismas, mayores obstáculos para su inserción en el mercado de trabajo y de ascenso en la carrera profesional y menor acceso a la capacitación profesional.

Acción positiva: Toda forma de incentivos especiales, formación o ventajas para superar la discriminación

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